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Por qué cada proveedor recomienda la jurisdicción que vende

Will Denton5 min de lectura← Todos los artículos
Un hombre y una mujer conversan sobre un plan en una mesa con una computadora portátil y documentos

Pregunte a tres firmas de servicios societarios dónde constituir una sociedad y obtendrá tres respuestas.

La firma de Limasol le explicará por qué Chipre es la opción obvia. La firma de Dubái le explicará por qué una zona franca resuelve el problema. La firma de Hong Kong le dirá que los flujos comerciales están en Asia y que las otras dos le están vendiendo la respuesta de la década pasada.

Las tres sonarán seguras. Ninguna de ellas está necesariamente equivocada ni miente.

La razón de su desacuerdo tiene menos que ver con el negocio que hace la pregunta que con la forma en que está regulado su propio sector.

Una licencia para operar no viaja

Los servicios societarios son una actividad sujeta a licencia en la mayoría de las jurisdicciones serias, y la licencia la otorga una jurisdicción para usarse solo en esa jurisdicción.

En Hong Kong, cualquiera que preste servicios fiduciarios o societarios necesita una licencia del Registro de Sociedades (Companies Registry). El requisito entró en vigor el 1 de marzo de 2018 en virtud de la Ordenanza contra el Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo. Operar sin licencia es un delito penal, y el Registrador puede suspender o revocar una licencia ya otorgada.

Chipre aplica un régimen equivalente para los proveedores de servicios administrativos. Según la naturaleza de la firma, la supervisa la Comisión de Bolsa y Valores de Chipre, el Instituto de Contadores Públicos Certificados de Chipre o el Colegio de Abogados de Chipre. El regulador deja claro que una firma ya autorizada para prestar servicios administrativos en otro Estado miembro de la UE, o en un tercer país, sigue necesitando la autorización chipriota antes de poder prestar esos servicios en Chipre.

Los Emiratos Árabes Unidos funcionan de otra manera, y de una forma que toma a muchos por sorpresa. Existen más de cuarenta zonas francas, cada una con su propia autoridad, sus normas societarias, su lista de actividades autorizadas y su criterio sobre qué instalaciones exige una determinada licencia.

Una firma que ha trabajado durante una década dentro de una zona franca conoce bien esa zona. No conoce automáticamente la de al lado, y las dos pueden ver el mismo negocio de manera diferente.

Así que, cuando un proveedor le recomienda una jurisdicción, gran parte de lo que escucha refleja una decisión sobre licencias que esa firma tomó años antes de que usted la contactara.

La segunda razón es más simple

La constitución es la cifra pequeña. Los ingresos que importan son los que vienen después: domicilio social, secretaría corporativa, presentaciones obligatorias, coordinación de auditorías, renovaciones anuales. Ese trabajo solo existe en la jurisdicción donde la firma tiene permiso para realizarlo.

Un proveedor chipriota que concluye que un negocio concreto debería estar en Singapur acaba de renunciar a unos honorarios anuales recurrentes a cambio de una derivación que no puede facturar. Un proveedor de Dubái que llega a la misma conclusión ha hecho exactamente lo mismo.

Nadie tiene que actuar mal para que esto condicione el resultado. Condiciona la lista corta mucho antes de que nadie llegue a dar una recomendación.

La pregunta que hace la mayoría es la equivocada

“¿Cuál es la mejor jurisdicción?” no tiene respuesta en abstracto. Solo tiene respuesta una vez que alguien sabe a qué se dedica el negocio.

La secuencia que produce una respuesta útil se parece más a esta:

  • Qué hace el negocio, descrito con las palabras que usaría un analista de riesgos y no con las del sitio web
  • Desde dónde pagan los clientes y dónde se paga a los proveedores
  • Qué monedas tienen que entrar y salir, en qué volumen y con qué frecuencia
  • Quién toma las decisiones, y desde dónde
  • Cómo es probable que sea el negocio dentro de tres años, porque la entidad que se constituye hoy es la que habrá que explicar a las instituciones durante años

La jurisdicción se desprende de esas respuestas.

La prueba que suele hacerse al final

La mayoría de las estructuras se diseñan primero y se presentan a una institución después. Ese orden está al revés.

La constitución es, en gran medida, un trámite registral. Siempre que la documentación esté completa y el nombre esté disponible, la entidad se crea. La apertura de cuenta (onboarding) es una evaluación de riesgos que realiza una persona que responde por la decisión y que lee el expediente buscando motivos para decir que no.

Las instituciones rechazan solicitudes por motivos estructurales, y la mayoría de esos motivos se pueden corregir cuando se detectan antes de que exista la entidad, y no después. La jurisdicción de constitución es un factor entre varios. La descripción de la actividad, la geografía de las contrapartes, los flujos de divisas, la extensión y la claridad de la cadena de propiedad y la verosimilitud de la presencia declarada suelen pesar más que la bandera del certificado.

Cinco preguntas que vale la pena hacerle a cualquier proveedor

  1. ¿En qué jurisdicciones tiene licencia o registro para operar, y quién lo supervisa?
  2. ¿Qué haría si la respuesta correcta para este negocio resultara estar en un lugar donde usted no opera?
  3. ¿Quién trabajará realmente en el expediente, y es personal propio o subcontratado?
  4. ¿Cuánto cuesta esto cada año una vez que existe, antes de hablar de lo que cuesta constituirlo?
  5. ¿Presenta usted la solicitud a las instituciones, o solo nos pone en contacto y se retira?

La segunda pregunta es la que más revela. Una firma con una respuesta real es una firma cuyas recomendaciones no están limitadas por su propia licencia. Una firma que no puede responderla ya le ha dicho qué jurisdicción le va a recomendar.

Dónde nos situamos

Redomiciled trabaja en más de 48 jurisdicciones con una red de abogados, contadores y asesores independientes, y no constituimos todo en un mismo lugar porque no tenemos una licencia que nos empuje a hacerlo.

Empezamos por lo que hace el negocio y con quién trata, y la entidad surge de esa conversación en lugar de ser su punto de partida. Coordinamos la constitución a través de proveedores locales con licencia. No somos un banco, no mantenemos fondos de clientes y no podemos garantizar ningún resultado: la aceptación siempre depende de la institución correspondiente y sigue sujeta a su propia debida diligencia.

Cuando tres firmas distintas dicen tres cosas distintas, la conversación que vale la pena tener empieza antes de que alguien elija una jurisdicción.

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